LAS ESCUELAS DE PRIMARIA
La
escuela primaria en Colombia fue una de las instituciones que a lo largo del
siglo XIX tuvo sus cambios, a diferencia de la escuela colonial que básicamente
se determinaba por los estamentos tradicionales de la monarquía española y los
valores tradicionales de la iglesia católica, la escuela republicana fue una
institución que divulgó la instauración de la República y permitió conocer a la
sociedad en general los principios modernos del Estado como las leyes, la
libertad e igualdad, elementos que ayudaron a formar e instruir a los nuevos
ciudadanos en las escuelas, colegios y universidades. Así mismo, la escuela fue
comprendida como una respuesta a las necesidades del periodo, como el formar
ciudadanos, insertar a la sociedad en el pensamiento del progreso y así mismo
como herramienta e institución necesaria para alcanzar la modernidad en el
nuevo orden mundial[1].
En
la época regeneracionista y según la reforma educativa de 1886 las escuelas
primarias tenían por objeto formar hombres
instruidos suficientemente en los conocimientos elementales, sanos de cuerpo y
de espíritu y agregaba que debían ser dignos y capaces de ser ciudadanos útiles
al país.
Clases de escuelas primarias
Según
el decreto 595 de 1886 cada distrito debía por lo menos organizar una escuela
elemental para varones, pues esta era una condición para ser reconocido como
distrito municipal, como también de establecer las escuelas superiores que
pudieran sostener. De igual manera las autoridades municipales estaban en la
obligación de crear una escuela para las niñas quienes recibían educación
gratuita desde los siete hasta los quince años de edad como lo señalaba el
reglamento. Teniendo en cuenta lo anterior las escuelas primarias se clasificaban
en urbanas, rurales y alternadas.
Las escuelas urbanas
Fachada principal del Colegio Nuestra Señora del Perpetuo Socorro en Silvia-
Cauca. Fuente: Imagen tomada por Cartene Borboes Ojeda
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Patio interior del Colegio Nuestra Señora del Perpetuo Socorro en Silvia-Cauca Fuente: Imagen tomada por Cartene Borboes Ojeda |
Las escuelas rurales
Para
que se pudiera establecer una escuela rural esta debía estar ubicada en un
caserío a más de tres kilómetros de distancia de la cabecera del distrito municipal
y debía contar por lo menos con veinte niños que debían asistir constantemente.
El sostenimiento de estas escuelas estaba en manos del gobierno departamental y
según el reglamento para las escuelas primarias se dictaban las siguientes
materias; lectura, escritura, religión, aritmética, nociones de geografía,
urbanidad, agricultura y costura para las niñas. Otra de las características de
las escuelas rurales es que no solo era para los niños sino también para los
adultos, pues había la necesidad de que toda la población recibiera una
formación básica, así pues se alternaba la instrucción. Los adultos solo
recibían clases sobre el aprendizaje del idioma español y sobre la doctrina
cristiana, mientras que a los niños se les enseñaba estas materias y se
profundizaba en urbanidad, agricultura y aritmética.
Las escuelas alternadas
Esta
clase de escuelas no eran muy recurrentes y solo se establecían en distritos y
caseríos donde por cuestiones económicas o por falta de estudiantes no se
podían abrir escuelas para los varones o las niñas, igualmente el inspector provincial
de la localidad debía dar el visto bueno para la creación de estas escuelas. La
dirección de estas recaía generalmente en maestras respetables de buena
conducta y moral, quien enseñaba en horarios flexibles dado a su característica
de ser alternada. Respecto a las materias de enseñanza están eran las mismas
que se dictaba para las escuelas rurales y el sostenimiento estaba a cargo del
departamento. En relación a la provisión de los útiles y textos escolares todas
las escuelas los recibían directamente del gobierno central por intermedio de
las Inspecciones Generales en cada departamento.
[1] Narváez Moreno, Gabriel David. El
estado de la Instrucción Pública en la Provincia de Popayán, 1826-1849. Tesis
de grado, Universidad del Cauca, Popayán, 2013, p. 42.
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